El 24 de diciembre de 2024, el Diario Oficial de la Federación publicó un decreto histórico que regula el trabajo en plataformas digitales. Esta reforma, que entrará en vigor el 22 de junio de 2025, busca establecer condiciones laborales claras y proteger los derechos de quienes trabajan bajo este modelo. Desde los derechos y obligaciones de los trabajadores hasta las responsabilidades de las plataformas, el marco legal propone una transformación significativa en el entorno laboral mexicano.
![Repartidor de plataformas digitales](https://static.wixstatic.com/media/11062b_2edef095012f4dc488db0f24ccbb04d5~mv2.jpg/v1/fill/w_980,h_653,al_c,q_85,usm_0.66_1.00_0.01,enc_auto/11062b_2edef095012f4dc488db0f24ccbb04d5~mv2.jpg)
¿Qué es el trabajo en plataformas digitales?
El decreto define el trabajo en plataformas digitales como una relación laboral subordinada, en la que una persona ofrece servicios remunerados gestionados por una plataforma digital que utiliza tecnologías para supervisar y asignar tareas. Ejemplos de estas plataformas incluyen aplicaciones de transporte, reparto de comida y servicios freelance.
Principales aspectos de la reforma
1. Derechos de los trabajadores de plataformas digitales
Se reconoce como trabajador a quien genere ingresos mensuales equivalentes al salario mínimo de la Ciudad de México.
Los trabajadores tienen derecho a seguridad social (IMSS, Infonavit) y a participar en el reparto de utilidades, siempre que trabajen más de 288 horas al año.
El salario se calculará por servicio prestado e incluirá proporciones de prestaciones como días de descanso, vacaciones y aguinaldo.
2. Obligaciones de los patrones
Las empresas que gestionan plataformas tienen nuevas responsabilidades, entre ellas:
Pago puntual de salarios en un plazo no mayor a una semana.
Implementación de mecanismos para registrar horas trabajadas y tiempos de espera.
Garantizar la seguridad social y la capacitación de los trabajadores.
Transparencia en el uso de algoritmos para asignar tareas, evitando discriminación o riesgos laborales.
Prohibición de cobrar por el uso de la plataforma o realizar simulaciones laborales.
3. Regulación de los algoritmos
Los algoritmos utilizados para asignar tareas deberán ser transparentes y razonables. Los trabajadores tienen derecho a conocer las reglas, calificaciones, incentivos y penalizaciones que afectan su actividad y a ser informados de cualquier cambio en las políticas de gestión.
Prohibiciones y sanciones
El decreto incluye estrictas prohibiciones para las plataformas digitales, como:
Cobrar a los trabajadores por registrarse o usar la plataforma.
Contratar menores de edad o simular relaciones laborales para evitar obligaciones fiscales o sociales.
Manipular ingresos para que los trabajadores no alcancen el umbral que los clasifica como empleados.
Las multas por incumplimiento van desde 250 hasta 25,000 UMAs (aproximadamente $27,000 a $2.7 millones de pesos).
Beneficios de la reforma
Esta regulación es un paso importante para garantizar derechos laborales en un sector creciente. Al integrar a los trabajadores de plataformas al marco de la Ley Federal del Trabajo, se fortalece su acceso a seguridad social, prestaciones y mejores condiciones laborales.
Fechas clave
22 de junio de 2025: Entrada en vigor del decreto.
27 de junio de 2025: Fecha límite para que las autoridades publiquen normativas complementarias sobre el cálculo del ingreso neto y obligaciones de seguridad social.
Un cambio significativo en el mercado laboral
La incorporación del trabajo en plataformas digitales a la legislación mexicana responde a la creciente relevancia de este modelo en el mercado laboral. Este decreto busca un equilibrio entre las necesidades de las plataformas y los derechos de sus trabajadores, estableciendo un precedente importante para la regulación de nuevos esquemas laborales.
¿Crees que esta reforma cambiará la forma en que funcionan las plataformas digitales en México? ¡Déjanos tus comentarios y comparte tu perspectiva sobre este importante cambio en la legislación laboral!
Fuentes:
Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, 24 de diciembre de 2024.
Ley Federal del Trabajo.
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